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Quién puede solicitarlo
Requisitos y observaciones
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado del castellano en la forma que se establece en la base séptima.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo de Inspectores de Educación.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se refiere esta convocatoria.
Qué documentación necesito
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Los aspirantes que soliciten participar por el turno de reserva de discapacitados, deberán aportar el correspondiente dictamen técnico facultativo emitido por el órgano competente de calificación del grado de minusvalía, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido.
c) Fotocopia del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, título de grado correspondiente o título equivalente, o bien del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para su expedición.
Si las titulaciones alegadas para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación se hubieran obtenido en el extranjero, se adjuntará a la instancia de participación, fotocopia de la correspondiente resolución de homologación o la credencial de reconocimiento.
d) Los funcionarios no pertenecientes al ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los subapartados 2.2.b) y 2.2.c) de la base segunda, para lo cual deberán presentar documentación acreditativa de pertenecer a alguno de los cuerpos docentes, en la que se hará constar el cuerpo, el número de registro personal, la fecha de ingreso en el Cuerpo y la duración real de los servicios prestados en la docencia.
f) Documentación acreditativa de los méritos alegados para su valoración en fase de concurso, entendiéndose que sólo serán tenidos en cuenta los méritos perfeccionados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes y consten acreditados documentalmente como se determina en el Anexo I.
Aquellos aspirantes que participaron en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 15 de junio de 2009, podrán solicitar que se les mantenga la puntuación que les fue otorgada en la fase de méritos y aportarán, únicamente, la documentación acreditativa de los méritos perfeccionados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en dicha convocatoria, salvo los méritos de los nuevos cargos reconocidos en las disposiciones complementarias respecto del apartado 3.2.1 que no se valoraron en el procedimiento selectivo anterior y que pueden valorarse en esta convocatoria.
Descargar formularios:
Procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de inspectores de educación en la administración de la comunidad autónoma de aragón
Lugar y forma de presentación
Normativa
2.- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
3.- Decreto 211/2000 de 5 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación y se establece el sistema de acceso y provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación en la Comunidad Autónoma de Aragón, en todo lo que no se oponga a la normativa vigente.(BOE nº 150, de 15 de diciembre de 2000)
4.-ORDEN de 26 de agosto de 2013, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Inspectores de Educación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.(BOA nº 178, de 10 de septiembre de 2013)
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Antes de empezar, asegúrate de que tienes todos los documentos indicados en el apartado ¿Qué documentación necesito? y los formularios rellenados y en formato digital.
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