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- Plazo de tramitación
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- Plazo máximo de seis meses, computándose dicho plazo a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria. La resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". Transcurrido el citado plazo máximo sin que se haya publicado resolución expresa, el solicitante podrá entender desestimada su solicitud de ayuda.
Quién puede solicitarlo
Requisitos y observaciones
a) Que tenga la vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Aragón.
b) Que la renta de la unidad familiar, obtenida de acuerdo con lo establecido en la convocatoria, no supere los umbrales fijados en ella.
Se entenderá que cumplen este requisito los estudiantes que sean beneficiarios de las becas de carácter general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios convocadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
c) Que la nota media del expediente académico sea al menos de cinco, calculada de acuerdo con lo establecido en la convocatoria.
d) Que no participe en programas de movilidad nacional o internacional.
e) Que no haya superado enseñanzas conducentes a la obtención de un título de Máster Universitario que no habilite para el ejercicio de una profesión regulada en España.
f) Con posterioridad a la presentación de la solicitud, se comprobará a través de las universidades del Sistema Universitario de Aragón que antes de la fecha determinada por la convocatoria el solicitante cumple con el siguiente requisito: que haya formalizado matrícula de nuevo ingreso, en el curso académico correspondiente, en al menos 60 créditos en un Máster Universitario calificado como estratégico; o, para los beneficiarios de la ayuda en el curso anterior para estudios de 120 créditos de duración, del número de créditos necesario para finalizar el título.
g) Que sea seleccionado conforme a lo previsto en la correspondiente convocatoria.
Qué documentación necesito
a) Documento acreditativo de la identidad del solicitante si anula expresamente la autorización al órgano instructor para comprobar sus datos.
b) Documento acreditativo de la identidad del resto de miembros de la unidad familiar si anulan expresamente la autorización al órgano instructor para comprobar sus datos.
c) Certificación académica oficial del expediente académico necesario para la obtención de la nota media si el solicitante anula expresamente la autorización al órgano instructor para obtener esa información de la universidad.
d) Documento acreditativo en su caso, de su condición de becario en el curso establecido en la convocatoria, si el solicitante anula expresamente la autorización al órgano instructor para verificar la concurrencia de este requisito.
e) La certificación de rentas o imputaciones del año que corresponda, según la convocatoria, emitido por la administración tributaria competente del solicitante si no ha autorizado la obtención de datos o sus rentas corresponden a territorios forales o con regímenes fiscales distintos al régimen general.
f) La certificación de rentas o imputaciones del año que corresponda, según la convocatoria, emitido por la administración tributaria competente de aquellos miembros computables de la unidad familiar que no hayan autorizado la obtención de datos para el cálculo de la renta familiar y de los provenientes de territorios forales o con regímenes fiscales distintos al régimen general.
g) Declaración responsable del solicitante en la que especifique: si ha solicitado y si se ha concedido otra ayuda de la misma naturaleza y finalidad; si está en posesión de un título de Máster Universitario no habilitante; y si va a participar o no en programas de movilidad en el curso académico establecido en la convocatoria.
h) Declaración responsable del solicitante de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
i) Fotocopia del certificado o volante municipal de empadronamiento emitido por el ayuntamiento correspondiente que acredite el domicilio del solicitante. En caso de que el solicitante no conviva con otros miembros de la unidad familiar, deberá aportar fotocopia del certificado municipal de empadronamiento que acredite el domicilio de éstos. El certificado de empadronamiento deberá ser colectivo.
j) Documentación acreditativa de la circunstancia que justifica la ausencia de alguno de los padres del solicitante.
k) En los supuestos de independencia, tanto familiar como económica, además deberá adjuntarse, si procede, la siguiente:
- Fotocopia del informe de vida laboral del solicitante desde la fecha o año que establezca la convocatoria.
- Fotocopia del título de propiedad de la vivienda o contrato de arrendamiento del solicitante.
- Aquella otra documentación que el interesado considere necesaria.
l) Documento acreditativo de la discapacidad: los miembros de la unidad familiar podrán autorizar la comprobación de dichos datos cumplimentando y firmando, a tal fin, el modelo normalizado disponible en sede electrónica. En el caso de que no se consienta dicha comprobación por parte de alguno de los miembros de la unidad familiar que cuente con resolución de discapacidad, deberá aportar fotocopia de la resolución de discapacidad en la que conste su grado.
m) Documento acreditativo de la orfandad absoluta: fotocopia del certificado de defunción de los padres del solicitante o fotocopia del libro de familia con la inscripción del fallecimiento.
n) Documento acreditativo de que el solicitante conforma una unidad familiar propia: fotocopia del libro de familia.
Descargar formularios:
Solicitud de ayudas para realización de estudios de máster universitario estratégico del sistema universitario de Aragón en el marco del programa operativo del fondo social europeo de Aragón 2014-2020
Anexo i
Autorización comprobación de datos fiscales y de identidad
Lugar y forma de presentación
Normativa
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 25 de julio)
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón (BOA de 10 de abril)
Orden IIU/1132/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020 (BOA de 20 de septiembre)
Orden IIU/1146/2018 de 2 de julio, por la que se convocan ayudas para la realización de estudios de Máster Universitario Estratégico del Sistema Universitario de Aragón en el marco del programa operativo del Fondo Social Europeo de Aragón 2014-2020, para el curso académico 2018/2019 (BOA de 9 de julio)
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